Esta madrugada, después de una maratónica jornada de debate y votación, en el Senado de Argentina fue aprobada la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo hasta las 14 semanas de gestación.
La iniciativa, presentada por el Ejecutivo de Alberto Fernández, garantiza que las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad gestante acceder a la opción abortar sin causal alguna y con cobertura integral y gratuita en el sistema de salud público y privado.
La norma establece que si una mujer solicita interrumpir su embarazo en el plazo establecido, el centro médico tiene un plazo de 10 días para practicar el procedimiento.
Además el personal médico debe garantizar el trato digno a la paciente, privacidad, consentimiento informado entre otros derechos de las pacientes.
La ley además permite la objeción de conciencia individual, es decir, que si un profesional de la salud no desee practicar el aborto, tiene como obligación decirle a la paciente y derivarla a un especialista que sí realice el procedimiento solicitado. Sin embargo, el médico no puede negarse a realizar el procedimiento si hay riesgo para la salud de la persona gestante.
En caso de que el establecimiento médico no cuente con profesionales que realicen este procedimiento, la paciente será derivada a otro centro de salud.
Después de las 14 semanas de gestación, el aborto es considerado un delito, excepto para las causales de violación y riesgo de vida para la persona gestante.
Las pacientes que soliciten la interrupción voluntaria de su embarazo y que sean mayores de 16 años deben firmar una declaración jurada y en caso de las menores de edad, deberá asistir al centro médico junto con sus “sus representantes legales”.
De esta forma, Argentina se convierte en el cuarto país de América Latina en legalizar la interrupción voluntaria del embarazo y sigue el ejemplo de Uruguay, Cuba y Guayana Francesa, además de algunos estados de México como Ciudad de México y Oaxaca.